En sus conclusiones, los abogados de la parte recurrente alegaron que dicha resolución no tiene criterio científico y atenta contra el derecho de propiedad.
Mientras que los representantes del ministerio de Medio Ambiente y compartes aseguraron que la misma es consecuencia de un plan operativo que fue firmado por los recurrentes.
El Tribunal otorgó un plazo hasta el jueves a las 4 y media de la tarde para que ambas partes presenten sus conclusiones por escrito.
La resolución 14-2016 prohíbe las actividades agrícolas en la zona protegida y establece un plazo de 120 días a sus ocupantes para abandonarla.